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REQUISITOS Y PASOS PARA UN DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
El divorcio o la separación por mutuo consentimiento se puede solicitar ante el Juez del domicilio conyugal. Sin embargo para su iniciación se debe de cumplir con un requisito sine qua non, el artículo 154 del Código Civil de Guatemala y el artículo 426 del Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala indican que para poder iniciar un divorcio voluntario se necesita que haya pasado un año a partir de la fecha en que se celebró el matrimonio.
No queda claro por qué el legislador introdujo el requerimiento antes mencionado. Puede ser porque la Constitución Política de la República de Guatemala protege a la familia al considerarla como el núcleo de la sociedad. Sin embargo, está claro que es un límite a la voluntad de la persona. Al ser el matrimonio una institución, y no un contrato, este tipo de norma no se puede pactar en contra.
Bueno, dejando un lado el requisito antes mencionado, lo siguiente que debemos de discutir es sobre los documentos que establece la ley procesal :
a) Certificaciones de la Partida de Matrimoniob) Partidas de Nacimiento de los hijos procreadosc) Capitulaciones Matrimoniales, si fuera el casod) Descripción de los bienes adquiridos durante el matrimonio por ambos cónyuges.
Así mimo, los cónyuges deben presentar un proyecto de convenio que indique:
a) a quien se le van a confiar los hijos que se tuvieron durante el matrimonio. Sobre este punto, cabe resaltar que los hijos que aún son menores de edad. Asimismo, en la práctica se determina el régimen de visitas para el cónyuge que no vaya a tener la custodia. b) Cuál de los cónyuges cargará con los alimentos y la educación de los hijos, si la obligación es para ambos en que proporción apoyará cada uno de ellos.c) La pensión que debe pagar el marido a la mujer si la misma no tiene ingresos suficientes para cubrir sus necesidades.d) Garantía que se preste para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el convenio.