REQUISITOS Y PASOS PARA UN DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

septiembre 23, 2013

REQUISITOS Y PASOS PARA UN DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

El divorcio o la separación por mutuo consentimiento se puede solicitar ante el Juez del domicilio conyugal. Sin embargo para su iniciación se debe de cumplir con un requisito sine qua non, el artículo 154 del Código Civil de Guatemala y el artículo 426 del Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala indican que para poder iniciar un divorcio voluntario se necesita que haya pasado un año a partir de la fecha en que se celebró el matrimonio. 
No queda claro por qué el legislador introdujo el requerimiento antes mencionado. Puede ser porque la Constitución Política de la República de Guatemala protege a la familia al considerarla como el núcleo de la sociedad. Sin embargo, está claro que es un límite a la voluntad de la persona. Al ser el matrimonio una institución, y no un contrato, este tipo de norma no se puede pactar en contra.

Bueno, dejando un lado el requisito antes mencionado, lo siguiente que debemos de discutir es sobre los documentos que establece la ley procesal :
a)     Certificaciones de la Partida de Matrimoniob)     Partidas de Nacimiento de los hijos procreadosc)      Capitulaciones Matrimoniales, si fuera el casod)     Descripción de los bienes adquiridos durante el matrimonio por ambos cónyuges. 

Así mimo, los cónyuges deben presentar un proyecto de convenio que indique:
a) a quien se le van a confiar los hijos que se tuvieron durante el matrimonio. Sobre este punto, cabe resaltar que los hijos que aún son menores de edad. Asimismo, en la práctica se determina el régimen de visitas para el cónyuge que no vaya a tener la custodia. b) Cuál de los cónyuges cargará con los alimentos y la educación de los hijos, si la obligación es para ambos en que proporción apoyará cada uno de ellos.c) La pensión que debe pagar el marido a la mujer si la misma no tiene ingresos suficientes para cubrir sus necesidades.d) Garantía que se preste para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el convenio.

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septiembre 21, 2013

ACTA NOTARIAL DE MATRIMONIO

septiembre 20, 2013






El Notario por delegación del Estado, es uno de los funcionarios que puede autorizar el matrimonio (como también lo pueden hacer los Alcaldes). Las personas que pretendan contraer matrimonio, lo deben de manifestar ante un Notario, quien les indicará los requisitos que deben cumplir (ej. información personal, nombres completos de padres y abuelos etc.). Una vez cumplidos estos requisitos el Notario va a señalar la hora y día para la celebración o va a celebrarlo en el mismo momento, y los contrayentes van a declarar en ese momento su consentimiento y el los unirá en matrimonio. Esta Acta Notarial es el instrumento que se utiliza para materializar el matrimonio,  la cual tienen que firmar los cónyuges y los testigos. El Notario tiene obligación de dar los avisos del acto autorizado (matrimonio) ante el Registro Nacional de las Personas (RENAP). 

Pensión de Alimentos en Guatemala

septiembre 16, 2013






PENSIÓN ALIMENTICIA

¿Qué es la pensión alimenticia? La pensión alimenticia es el nombre con el que se conoce los que nuestro código civil (art. 278) llama alimentos. Los alimentos son la pensión (en dinero y/o en especie, o ambos), decretado por un juez a favor de una o varias personas. Los alimentos (o pensión alimenticia) comprende 5 rubros: sustento, salud, educación, habitación, vestimenta. 

La pensión alimenticia puede ser decretada únicamente para los hijos, o la mujer o para ambos. Los alimentos a favor del conyuge inculpable son un efecto de la separación y del divorcio (art. 159 inciso 2º).  Cuando los hijos son menores de edad, fijar la pensión alimenticia conforme a las circunstancias económicas del que debe prestarlos es obligatorio, inlcuso como medida de prevención cuando existe una separación o divorcio. Entonces al mediar una separación o divorcio cuando se tienen hijos menores, la misma se fija o de común acuerdo o por medio de un Juez.

Es importante tomar en cuenta que la pensión alimenticia se proporciona según las circunstancias personales  y pecuniarias de quien los debe y de quien los recibe. Al obligado se le puede permitir que los alimentos los preste de otra manera cuando, a juicio del juez, medien razones que lo justifiquen.

La pensión alimenticia es una deuda IMPOSIBLE de ser objeto de incumplimiento. Y a partir de ahí su obligación no es modificable, caso contrario si no se cumple con la misma vienen las sanciones que consisten en embargo de sueldos, y en aquellas medidas que protejan los alimentos de los hijos. 

Si se diera el caso que ni con requerimiento de Juez se llegare a cumplir con la obligación se puede incurrir en el delito de negación de asistencia económica, que tiene como pena o sancipon la cárcel (es el único caso de carcel por deuda). 

La pensión alimenticia, por supuesto, tiene que tener una relación con los ingresos de los padres y puede ser además garantizada por pagos en especie, es decir, con entregas no dinerarias, por ejemplo: pago de seguro médico, pagos directos a los colegios o escuelas, entrega de vestimenta, pagos de alquiler etc.  

Demanda de Alimentos en Guatemala

septiembre 13, 2013





Demanda de Alimentos en Guatemala

Dentro del derecho de familia un tema que siempre es de mucho interés es el de los alimentos o la pensión alimenticia. Esta área del derecho de familia trata el tema de la economía del cónyuge inculpable y sobretodo de los hijos menores de edad. 

En Guatemala el no pagar la pensión alimenticia puede llegar a consecuencias muy graves para el obligado, a tal punto que es la única deuda dentro del derecho guatemalteco que tiene como última consecuencia la cárcel por deuda. Incluso antes de la cárcel se pueden tomar medidas para su protección. 

¿Qué es la demanda de alimentos? 

Es la acción que se ejerce ante los Tribunales de Justicia con el objeto de obtener el dinero necesario para cubrir la educación, alimentos, vestimenta, salud, vivienda.Ésta demanda se realiza cuando el padre o madre (responsable) incumple con sus obligaciones mínimas para los hijos menores. 

La demanda de alimentos se lleva a través de un proceso oral que tiene trámites sumamente ágiles. Después de la primera audiencia ante el Juez, se fijan las obligaciones hacia el padre y si éste no cumpliera con dicha orden judicial, procede (después de requerirle de manera formal por parte del Tribunal), el castigo por el delito de negación de asistencia económica que puede llevar al obligado la cárcel por no cumplir con las obligaciones. 

No dudes en realizar tus consultas respecto a éste tema u otros de derecho de familia guatemalteco.

Divorcio con hijos en Guatemala

septiembre 11, 2013


En los divorcios, cuando existen hijos menores, generalmente de común acuerdo se fija quién tendrá la guarda y custodia de los menores, como también quién debe correr con gastos como por ejemplo: educación, vivienda, saluda y vestimenta.

La Legislación Guatemalteca generalmente le da el cuidado a la madre sobre los hijos, pero esto lo podrán convenir los padres del menor. Así mismo el Juez, por causas graves o motivadas, puede resolver en forma distinta, tomando en cuenta el bienestar de los hijos. Así mismo el Juez podrá basarse en cuanto a estudios o informes de trabajadores sociales o de organismos especializados en la protección de menores.


Independientemente, de los tribunales de Familia que regulan el tema de los alimentos para la esposa e hijos menores, también existen Tribunales para proteger a la niñez y a la adolescencia, quienes se han especializado en la protección de ellos cuando por razones diversas el conflicto de los padres va más allá de la tutela judicial. Como también el Ministerio Público tiene actualmente oficinas para protección de la mujer y para la protección de los menores por medio de la cual se presentan denuncias que tienen carácter emergente. Se toman las medidas inmediatas y se envían las actuaciones a los Tribunales correspondientes.


Si esta interesa en un Divorcio en Guatemala, en nuestra oficina le acompaña en este proceso.


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