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Ley de Aborto Guatemala

septiembre 18, 2018

Discusión en Guatemala: Aborto en Guatemala.
El Congreso de la  República de Guatemala debate una ley que prevé penas de entre dos y cuatro años de prisión a las mujeres que sufran abortos involuntarios. Además, incrementa el castigo por interrupción del embarazo, prohíbe la educación en diversidad sexual y veta nuevamente el matrimonio entre personas del mismo sexo. Los opositores a esta norma la califican de “anticonstitucional” y contraria a tratados internacionales, y anuncian recursos de amparo.
agosto 22, 2017




¿Cuánto cuesta un divorcio?

El precio o costo de un divorcio no es material que se pueda discutir tan simplemente. Su complejidad es tan fácil de determinar con la siguiente pregunta:

¿Tu relación matrimonial es igual que la de tus amigos?

Pues frecuentemente las relaciones son distintas, algunas cosas se pueden parecer, pero los bienes que han conseguido no son los mismos, o las deudas de una pareja varían con las que tiene el otro matrimonio, incluso las capitulaciones matrimoniales no son las mismas, o uno de los dos vive en el interior o en el extranjero.

Todas esas diferencias son similares a la hora de querer divorciarse. Los abogados debemos hacer preguntas puntuales en cada caso (porque cada caso es diferente) para poder determinar el costo y decir cuanto puede llegar a costar tu divorcio. Elementos como los hijos menores de edad hacen más complicado este cálculo, o si únicamente uno de los dos trabaja, si uno está fuera del país viviendo en el extranjero.

Nosotros te invitamos a que hagas tu consulta con un abogado experto y determinemos qué necesitas para divorciarte de conformidad con tu situación y los detalles  que nos des y así poderte indicar cuánto te puede costar tu divorcio.

Divorcio Incausado

agosto 09, 2017





DIVORCIO INCAUSADO

NO existe tal cosa como el divorcio incausado, o por lo menos no es el término indicado para referirse al divorcio de mutuo acuerdo como lo llama la ley guatemalteca. Otros nombres con el que también se conoce al divorcio de mutuo acuerdo, es el divorcio voluntario o el divorcio de mutuo consentimiento (Lea Aquí).

El divorcio de mutuo acuerdo es uno de los 2 tipos de divorcios que se pueden llevar a cabo en Guatemala. El primero es el divorcio por causal determinada. Este consiste en que uno de las dos personas que conforman la pareja de esposos (también llamados cónyuges) desea disolver su matrimonio, sin embargo el otro no lo desea así. Pero la ley guatemalteca (que considera a la familia como el núcleo de la sociedad) no permite que la pareja se divorcie sin haber una razón fundamentada. Por lo anterior el art. 155 del Código Civil habla de las causales de divorcio (Lea Aquí).

Ahora bien, el mal llamado divorcio incausado, es decir el de mutuo acuerdo, permite que la pareja de esposos cuya situación sea que ambos deseen llevar a cabo el divorcio pueda hacerlo sin tener que tener una causal determinada. Por el contrario, lo único que se necesita es el acuerdo de las partes. Siempre tienen que estar representadas por un abogado cada una y llevar a cabo un convenio. Deben pedir una audiencia ante juez quien es la única autoridad que puede decretar el divorcio civil.

Seguramente les pueden quedar más dudas. Con gusto podemos colaborarles, por lo que por favor no duden en contactarnos. 

Como iniciar un Divorcio en Guatemala

marzo 10, 2017

Como iniciar un Divorcio en Guatemala

 La única forma de disolver o terminar con un matrimonio en Guatemala es por medio de un divorcio. Para que se pueda iniciar un proceso de divorcio por mutuo acuerdo de los cónyuges debe haber pasado al menos 1 año contado desde que se celebró el matrimonio.

Un divorcio inicia por la solicitud de divorcio que se le presenta al juez, este puede ser (art. 154):

DIVORCIO VOLUNTARIO O POR MUTUO CONSENTIMIENTO, El divorcio demutuo acuerdo o voluntario (Lea Aquí) se da por ambos cónyuges con el convenio de bases de divorcio. En la situación en que el divorcio se solicita por mutuo acuerdo, los conyuges deben presentar un proyecto de convenio sobre los puntos siguientes: 1) a quién quedan confiados los hijos, y cuando pese sobre ambos cónyuges, en qué proporción contribuirá cada uno de ellos; 2) por cuenta de quién de los cónyuges deberán ser alimentados y educados los hijos, y cuando esta obligación pese sobre ambos cónyuges, en qué proporción contribuirá cada uno de ellos; 3) Qué pensión deberá pagar el marido ala mujer si ésta no tiene rentas propias que basten para cubrir sus necesidades; 4) Garantía que se preste para el cumplimiento de las obligaciones que por el convenio contraigan los cónyuges (art. 163) Lea Aquí PENSIONES ALIMENTICIAS.

DIVORCIO POR CAUSA DETERMINADA U ORDINARIO  sólo lo puede solicitar el cónyuge que no haya dado causa al divorcio, y debe de señalar la causa específica que dio lugar al divorcio. Son 15 causales de divorcio en Guatemala (art. 155) (Lea Aquí).

      En ambos casos los efectos del divorico son: 1) que se liquide el patrimonio conyugal; 2) el derecho de alimentos a favor del conyuge inculpable, en su caso; y 3) la suspensión o pérdida de la patria potestad cuando la causal  de divorcio  la lleve consigo  y haya petición expresa de la parte interesada.

TIEMPO DE DURACIÓN: Si el divorcio es por mutuo acuerdo el tiempo de duración será de aproximadamente tres meses. En cuanto al divorcio que se lleve por causal determinada el mismo tendrá un tiempo de duración estimado de diez meses hasta un año y medio. 







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enero 25, 2017

Medidas Cautelares en Proceso de Divorcio

octubre 02, 2013



Medidas Cautelares en Proceso de Divorcio

MEDIDAS CAUTELARES: es importante que los cónyuges sepan que el Juez puede otorgar la suspensión de la vida en común, determinar de manera provisional quién se hará cargo de los hijos, si los hubiere menores de edad o incapaces.

Asimismo determinará según el caso y las necesidades, cuál será la pensión alimenticia (tanto para los hijos como para la mujer). Si existe necesidad de determinar medidas convenientes para protección de los hijos y la mujer, también deben solicitarse. El juez puede confiar a los hijos a una tercera persona.

Cómo funcionan

I.               Lo que procede es señalar día y hora para lo que se denomina “Junta Conciliatoria”, en donde las partes deben presentarse personalmente (ambos auxiliados por diferentes abogados).

* Únicamente el cónyuge que esté fuera de la República podrá constituir apoderado para este acto. Este punto es importante ya que muchas veces las personas no quieren comparecer personalmente a resolver estas diligencias, pero solamente si no se encuentran en territorio guatemalteco un apoderado puede atender la situación. Está prohibido que los cónyuges designen a la misma persona para tratar éstas diligencias.

II.              Entonces, si no hay conciliación (puede darse en la junta o posterior a ella), se debe presentar al juez lo que se denomina como PROYECTO DE CONVENIO en donde se debe detallar los siguientes puntos:

a.     A quién quedan confiados los hijos menores (Lea Aquí) o incapaces del matrimonio.
b.     Por cuenta de quién de los cónyuges deberán ser alimentados y educados los hijos. Si la obligación recae sobre ambos, se debe indicar la proporción.
c.      Qué pensión deberá pagar el marido a la mujer, si ésta no tiene rentas propias para sus necesidades
d.     Garantía para el cumplimiento de las obligaciones (obligaciones que se van obligar por medio de éste convenio).
** Es importante recordar que el Convenio NO PERJUDICARÁ a los hijos, quienes a pesar de lo acordado, conservan sus derechos íntegros, para ser alimentados y educados según lo que indica la ley.
III.            APROBACIÓN DEL CONVENIO: lo hará el Juez y es el momento en donde se fijan las garantías suficientes para garantizar la(s) obligación(es).
IV.            SENTENCIA: una vez se hayan cumplido los requisitos e inscritas las garantías hipotecarias (si fuere el caso), el juez dicta sentencia resolviendo todos los puntos.
           
NOTAS IMPORTANTES

*** En cualquier estado del proceso de divorcio pueden reconciliarse.
*** La Sentencia de divorcio deberá ser inscrita en el RENAP y en el Registro de la Propiedad.


Abogados en Guatemala tiene amplia experiencia en el proceso de Divorcio en Guatemala

REQUISITOS Y PASOS PARA UN DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

septiembre 23, 2013

REQUISITOS Y PASOS PARA UN DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

El divorcio o la separación por mutuo consentimiento se puede solicitar ante el Juez del domicilio conyugal. Sin embargo para su iniciación se debe de cumplir con un requisito sine qua non, el artículo 154 del Código Civil de Guatemala y el artículo 426 del Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala indican que para poder iniciar un divorcio voluntario se necesita que haya pasado un año a partir de la fecha en que se celebró el matrimonio. 
No queda claro por qué el legislador introdujo el requerimiento antes mencionado. Puede ser porque la Constitución Política de la República de Guatemala protege a la familia al considerarla como el núcleo de la sociedad. Sin embargo, está claro que es un límite a la voluntad de la persona. Al ser el matrimonio una institución, y no un contrato, este tipo de norma no se puede pactar en contra.

Bueno, dejando un lado el requisito antes mencionado, lo siguiente que debemos de discutir es sobre los documentos que establece la ley procesal :
a)     Certificaciones de la Partida de Matrimoniob)     Partidas de Nacimiento de los hijos procreadosc)      Capitulaciones Matrimoniales, si fuera el casod)     Descripción de los bienes adquiridos durante el matrimonio por ambos cónyuges. 

Así mimo, los cónyuges deben presentar un proyecto de convenio que indique:
a) a quien se le van a confiar los hijos que se tuvieron durante el matrimonio. Sobre este punto, cabe resaltar que los hijos que aún son menores de edad. Asimismo, en la práctica se determina el régimen de visitas para el cónyuge que no vaya a tener la custodia. b) Cuál de los cónyuges cargará con los alimentos y la educación de los hijos, si la obligación es para ambos en que proporción apoyará cada uno de ellos.c) La pensión que debe pagar el marido a la mujer si la misma no tiene ingresos suficientes para cubrir sus necesidades.d) Garantía que se preste para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el convenio.
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